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Desde el bloque del FpV-PJ apoyan la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Imprimir
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Jueves, 23 de Octubre de 2014 20:04
Los Concejales Guillermo Santos y Luis Dematteis presentaron Proyecto de Ordenanza adhiriendo la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA a la Ley Nacional de Transito N°24.449 y su modificatoria Nº 26.363, mediante el cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y a los objetivos que de ella emanen.
 
América, 22 de Octubre de 2014.
 
VISTO:
 
La sanción de la Ley Nacional Nº 26.363, que dispuso la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial e introdujo modificaciones a la ley Nacional de Transito 24.449; y
 
CONSIDERANDO:
 
Que dichas modificaciones disponen la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo que viene desarrollando un sinnúmero de acciones orientadas a lograr la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales;
 
Que, entre las funciones destacables de la Agencia de Seguridad Vial se encuentran: a) Coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional; b) Propiciar la actualización de la normativa en materia de seguridad vial y su armonización en las distintas jurisdicciones del país; c) Crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la licencia de conducir nacional; d) Colaborar con el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Consejo de Seguridad Interior, para coordinar las tareas y desempeño de las fuerzas policiales y de seguridad, tanto federales como de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en materia de fiscalización y control del tránsito y de la seguridad vial; e) Diseñar el sistema de puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir; f) Crear un modelo único de acta de infracción, disponiendo los procedimientos de emisión, entrega, carga y digitalización así como el seguimiento de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago voluntario; g) Coordinar con las autoridades competentes de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la puesta en funcionamiento del sistema de revisión técnica obligatoria para todos los vehículos; e) Autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de infracciones y el uso manual de estos sistemas por las autoridades de constatación; f) Participar en la regulación, implementación y fiscalización del Sistema de Monitoreo Satelital de vehículos afectados al transporte automotor de pasajeros y cargas de carácter interjurisdiccional, con los integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Vial; g) Coordinar la emisión de los informes del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito, como requisito para gestionar la Licencia Nacional de Conducir, la transferencia de vehículos, con los organismos que otorguen la referida documentación; h) Coordinar con los integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Vial y los organismos nacionales con competencia en la materia, la formulación de un sistema de control de jornada y descanso laboral, su implementación y fiscalización del cumplimiento de la jornada laboral, de las horas de efectiva conducción y del descanso mínimo previsto por la reglamentación por parte de los conductores de vehículos de transporte automotor de pasajeros y cargas de carácter interjurisdiccional; i) Organizar y dictar cursos y seminarios de capacitación a técnicos y funcionarios nacionales, provinciales y locales cuyo desempeño se vincule o pueda vincularse con la seguridad vial; j) Suscribir convenios de colaboración con universidades, organismos, instituciones y cualquier otra entidad, nacional y/o internacional, a los efectos de realizar programas de investigación y capacitación de personal en materia de seguridad vial; y fomentar la creación de carreras vinculadas a la materia de la presente ley;
 
Que en su art. 38 la citada normativa, invita a los municipios a que dicten los instrumentos legales para adherir a la misma;
 
Por lo antes expuesto el Bloque de Concejales PJ-FpV eleva el siguiente:
 
PROYECTO DE ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º: Adhiérase la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA a la Ley Nacional de Transito N°24.449 y su modificatoria Nº 26.363, mediante el cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y a los objetivos que de ella emanen.
 
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación para su conocimiento.
 
ARTICULO 3°: De forma.
 
Luis Maria Dematteis
Luis Guillermo Santos
Concejal PJ-FpV
 
 
 
Desde el bloque del FpV-PJ apoyan la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.