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Rivadavia Primero por la ampliación del Parque Industrial de América |
Lunes, 22 de Diciembre de 2014 16:09 | |||
El Bloque de Concejales de Agrupación Rivadavia Primero presento hoy en el Concejo Deliberante un proyecto tendiente a ampliar el Parque Industrial de la ciudad de América.
Dado que por razones urbanísticas, medioambientales, de seguridad y de salud es necesario relocalizar algunas empresas radicadas en sectores densamente poblados, y que este proceso de relocalizacion es necesario iniciarlo en el menor tiempo posible, existiendo un predio lindero al actual Parque Industrial que cumple las características necesarias para su ampliación, se declara el mismo de Utilidad Publica sujeto a expropiación, dado que dicha zona esta planificada como área industrial de acuerdo al Plan de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de América.
EL PROYECTO DICE LO SIGUIENTE:
Viendo la necesidad de ampliar el Sector Industrial Planificado(SIP) de la localidad de América y considerando que el actual SIP esta en plena capacidad de ocupación y uso, además de acuerdo a la ordenanza 3250 /10, del plan de ordenamiento urbano de la ciudad esta definido de que de manera crece urbanísticamente la ciudad y en esa zona esta planificada el área industrial.
Por otro lado hay que tener en cuenta las razones medioambientales, urbanísticas, de seguridad y de salud es necesario relocalizar algunas empresas radicadas en sectores densamente poblados y este proceso de relocalización es necesario en el menor tiempo posible, debiendo el estado municipal otorgar alternativas válidas a alza empresas involucradas. Es importante que el municipio alcance un predio próximo al ferrocarril para el uso de este medio de transporte sea opción válida para lasa empresas que se instalen en el nuevo sector.
Existe un predio lindero al actual parque industrial que cumple todas las características necesarias para la ampliación que consta de 41 hectáreas y es el triángulo de tierra que están limitadas por ruta 33 y la calle de tierra, continuación de la comandante Hillcoat que llega hasta la ruta 33.
La legislación sobre expropiación constituye una atribución no delegada por las provincias en el gobierno nacional, por lo que en la provincia de Buenos Aires todo lo relativo a las expropiaciones se rige por lo establecido en la Constitución provincial (art. 31) y la Ley General de Expropiaciones- Ley 5708-
Los concejales de Rivadavia Primero elevaron un proyecto de ordenanza la HCD, el cual tuvo entrada en el día de hoy y por cual piden que se declare de utilidad pública, sujeto a expropiación, este inmueble cuyos titulares son Vicente y Hernández Vidal Epifanio, Vicente Elida y Martínez Agustín.
Una vez expropiado será transferido a la Municipalidad de Rivadavia para ser afectado al parque industrial . Los gastos que demande serían con cargo al presupuesto General de Gastos de la municipalidad de Rivadavia
Además se pide que se autorice la DEM a gestionar con los titulares del dominio, la adquisición directa del predio, a precio razonable según lo determinado pro le art. 8, Ley 5708, que previo a su concreción deberá informar la HCD , en los términos de la ley N 5708.
Tomando un plazo razonable de tiempo para dicha gestión que no puede exceder los 120 días desde la fecha de sanción de esta ordenanza, en cuyo caso el DEM podrá requerir a la autoridad judicial provincial competente la toma de posesión del predio en los términos de art. 22 ley 5708.
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