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¿Cuáles son los nuevos requisitos para sacar a los menores del país? Imprimir
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Sábado, 22 de Agosto de 2015 17:04
La autorización, que también puede tramitarse en la sede de Migraciones de Retiro, tendrá validez por un solo viaje y podrá ser utilizada dentro de un plazo de 30 días desde su emisión.
 
Los requisitos para sacar a los menores de edad del país cambiaron el 1° de agosto. A continuación, te contamos todo lo que necesitas saber para tramitar la autorización de un menor:
 
-La autorización tiene un arancel de 450 pesos, es válida para un solo viaje y tiene vigencia para los 30 días posteriores desde su emisión.
 
-La autorización puede tramitarse en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque Jorge Newbery, Puerto de Buenos Aire, Sede Central de Migraciones en Retiro, en las 29 Delegaciones del país, en las oficinas migratorias de Río Grande (Tierra del Fuego), San Rafael (Mendoza) y Paso de los Libres (Corrientes).
 
-Las autoridades que pueden otorgar el permiso son: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes o autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, los cónsules extranjeros en la Argentina, los jueces de paz y otras autoridades administrativas y judiciales especialmente habilitadas al efecto.
 
-La documentación expedida por representaciones consulares en nuestro país necesitará la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, excepto cuando se trate de países miembro del Mercosur y Estados Asociados.
 
-Se requerirá autorización complementaria de alguno de los abuelos cuando el menor sea hijo de progenitores adolescentes (cuando tienen menos de 18 años), y si estos no están casados, necesitarán la autorización de sus padres, de acuerdo a la regla general.
 
-Cuando la autorización establezca que el menor viaja acompañado de terceros mayores de edad que no son sus progenitores, deberán constar los datos de los terceros en el instrumento de autorización.
 
-Otra modificación relevante está dada por el consentimiento expreso del menor adolescente a partir de los 13 años para viajar al exterior. La autoridad de control migratorio considerará que el menor consiente salir por el solo hecho de su presentación voluntaria.
 
-Los documentos para trasladarse por países de Sudamérica (excluyendo Surinam, Guyana y Guayana Francesa), de acuerdo a la normativa del Mercosur, las personas pueden salir y entrar del país sólo con DNI (tarjeta, libreta verde, celeste o bordó -de extranjeros, en el caso de que por su nacionalidad no tengan requerimiento de visa-) o Pasaporte.
 
-Si el destino es una nación Extra Mercosur, el único documento permitido es el Pasaporte vigente, con o sin visa dependiendo de los convenios internacionales. Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje.
 
Ante dudas, situaciones particulares o necesidad de más información consultar la web de la DNM (www.migraciones.gov.ar) o comunicarse al (011) 4317-0234.
 
¿Cuáles son los nuevos requisitos para sacar a los menores del país?