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Un legislador presentó un proyecto para bloquear sitios web Imprimir
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Miércoles, 31 de Agosto de 2016 15:04
La iniciativa en cuestión, presentada por el legislador del PRO Daniel Presti, tiene por finalidad modificar el artículo 18 de la Ley N° 12 (de Procedimiento Contravencional), incorporando entre las medidas precautorias ya establecidas "la posibilidad de bloquear o denegar el servicio de Internet cuando se realicen conductas ilícitas utilizando este medio, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o cuando se produzcan sus consecuencias dentro de ésta".
 
"Se trata de un exceso jurisdiccional porque las autoridades de la Ciudad no pueden decidir unilateralmente una cuestión de este tipo y sin la orden de un juez", explicó a Télam Javier Pallero, analista de Políticas Públicas en Access Now, una ONG internacional que defiende los derechos de los usuarios de Internet.
 
Pallero inició un petitorio en la plataforma Change.org. que tituló "No al proyecto de censura de Internet en Argentina", que esta tarde contaba con más de 17.000 firmas al momento de escribir la nota.
 
En esta línea, un documento conjunto entre Access Now, el Centro de Tecnología y Sociedad (Universidad de San Andrés), el Centro de Estudios para la Libertad de Expresión y Acceso a la Información (Universidad de Palermo), la Fundación Vía Libre y el profesor e investigador del Conicet Martín Becerra alertó sobre el "riesgo" a la libertad de expresión que supone la iniciativa.
 
En la carta, los firmantes afirman que "el proyecto de Ley de Presti pone en serio riesgo esta herramienta al permitir que autoridades administrativas -entre ellas la fuerza policial- pueda censurar contenido para prevenir contravenciones locales". 
 
Además, indicaron que el proyecto en cuestión "desconoce que la Constitución Nacional ha reservado a la Nación en el artículo 75 inc. 13 la regulación del comercio interjurisdiccional, materia dentro de la cual se encuentran las comunicaciones". 
 
"Creemos que el proyecto de ley que se pretende llevar adelante para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto a ser técnicamente imposible de cumplir, al pretender acotar el bloqueo de Internet y plataformas que se ofrecen a través de ésta herramienta a un ámbito territorial determinado, de prosperar, generaría una grave vulneración respecto a derechos humanos consagrados en la Argentina", aseguró Gonzalo Navarro, Director Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Internet.
 
En concreto, el proyecto indica entre las medidas precautorias "tanto las autoridades preventoras como él o la Fiscal" pueden disponer: "Suspensión o Bloqueo del servicio de internet. En caso de conductas que sean realizadas mediante la utilización de internet o cualquier otro medio de comunicación, se podrá ordenar a las empresas prestatarias del servicio de internet bloquear, o denegar el acceso al dominio o aplicación de que se trate en forma parcial o total según la conducta ilícita sea generada dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o produzca sus consecuencias dentro de ésta".
 
Los firmantes del documento cuestionan el "otorgamiento de facultades de bloqueo o denegación de acceso a autoridades administrativas con facultades 'preventoras', en estadío cautelar (es decir a fines de prevención de contravenciones)". 
 
"Esta facultad de prevención de contravenciones mediante la supresión de discurso violenta todos los estándares de libertad de expresión que exigen la limitación al discurso por autoridades judiciales y excepcionalmente por autoridades administrativas con facultades jurisdiccionales", especificaron las organizaciones. 
 
Según declararon, "además de vulnerar la libertad de expresión, el proyecto de Ley vulnera la libertad de prensa", dado que al abarcar conductas realizadas mediante la utilización de Internet y permitir "bloquear, o denegar el acceso al dominio o aplicación de que se trate", con esta iniciativa "podría autorizarse el bloqueo del dominio o de la aplicación correspondiente al medio de prensa en el que se hubiera realizado la conducta, vulnerando el artículo 14 de la Constitución Nacional que prohíbe la censura previa".