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Femicidio de Sonia Alvarado: perpetua para Marcelo Pérez Imprimir
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Lunes, 02 de Octubre de 2017 23:02
Un tribunal piquense condenó a prisión perpetua a Marcelo Pérez (50) por el femicidio de Sonia Alvarado. Los antecedentes de golpeador del asesino y las armas sin registro.
 
En una sala repleta de familiares y allegados portando pancartas y fotografías de la víctima, los jueces informaron que encontraron culpable al detenido de todos los delitos por los que lo acusó el Ministerio Público Fiscal y la Querella. El femicida presenció la lectura de sentencia, manteniendo su semblante frío y sin reflejo de emociones. La defensa tendrá la posibilidad de recurrir ante el Tribunal de Impugnación Penal si lo considera pertinente.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Familiares, amigos, vecinos de Trenel y militantes por los derechos de las mujeres colmaron este lunes al mediodía la Sala de Audiencias Nº 1 del Palacio de Tribunales de la Segunda Circunscripción Judicial, donde escucharon la lectura de sentencia en silencio y con profundo respeto. Recién cuando se conoció el fallo condenatorio, hicieron a un lado las fotografías de Sonia y las pancartas que diferentes mensajes que llevaron, para emitir aplausos de aprobación para una Justicia que les dio la respuesta que esperaban.
 
Si bien estuvieron presentes los doctores Marcelo Pagano, Paola Loscertales y Carlos Pellegrino, la parte resolutiva de su fallo fue leída por la prosecretaria. Precisó la decisión de los jueces de audiencia de “condenar a Marcelo Antonio Pérez (…) como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantiene una relación de pareja, amenazas simples, tenencia de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización –Legajo Nº 31714- y homicidio doblemente agravado por ser cometido contra la persona con quien ha mantenido una relación de pareja y por ser perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y desobediencia judicial –Legajo Nº 32779-, todos en concurso real (…), a la pena de prisión perpetua”.
 
Pérez se fue como entró, acompañado por varios policías y con un semblante de piedra, con esa actitud fría que lo acompañó a lo largo de todo el juicio y que nunca permitió vislumbrar o siquiera suponer que pasaba por su mente. En contrapartida, a pocos metros de distancia hubo momentos emotivos, plagados de besos, abrazos y llanto, que compartieron los familiares de Sonia, quienes diez meses después del hecho lograron ni más ni menos que lo que pretendía, que se hiciera justicia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Golpeador
 
En primer término los jueces, que fallaron en forma unánime, se refirieron al episodio de violencia doméstica denunciado por Sonia el 20 de septiembre de 2016. Ese día, cerca de las 15:30 horas, Pérez y Alvarado “se encontraban solos en la habitación matrimonial de la vivienda que compartían (…). En un momento el acusado comenzó a insultar y a agredir verbalmente a la damnificada toda vez que pretendía mantener relaciones sexuales con ella, lo que no fue aceptado por la damnificada”.
Por la negativa de la mujer “Pérez se levantó de la cama y agredió a Alvarado con un golpe de puño en el lado izquierdo del rostro, para luego retirarse de la vivienda no sin antes amenazarla con que si le llegaba a pasar o faltar algo a los hijos, volvería y le reventaría la cabeza, amenazas que infundieron temor en la denunciante”.
 
“A raíz del golpe recibido, la damnificada sufrió lesiones de carácter leve corroboradas por él doctor Pablo Gabriel Gutiérrez del Hospital ‘Doctor Guillermo Rawson’ de la localidad de Trenel”, agregaron. Esta fue una de las pruebas de las que se valieron para sustentar la culpabilidad, así como la denuncia presentada por la víctima en sede policial y los testimonios de efectivos policiales y familiares, amigos y vecinos de Sonia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
“Asimismo tenemos por probado –afirmaron- que Marcelo Antonio Pérez tenía en su domicilio dos armas de fuego sin estar debidamente autorizado para ello y sin que las mismas estuvieran registradas (…). Ambas armas aptas para su uso específico y con correcto funcionamiento, siendo calificadas como de ‘uso civil”.
 
El homicidio
 
Por otro lado, Pagano, Loscertales y Pellegrino consideraron probado, con las pruebas debatidas, que el 22 de noviembre de 2016 “Pérez, desobedeciendo la prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto y comunicación para con Mirta Sonia Alvarado (…), ingresó a la vivienda donde vivía la damnificada y, ya en el interior de la habitación matrimonial, previo una discusión posiblemente originada en la negativa de la víctima de mantener relaciones sexuales, le propinó un golpe en la región derecha de su rostro para luego cortarla en la zona del cuello con una cuchilla con mango de plástico color blanco y hoja de acero, lo que provocó su muerte en forma casi inmediata, siendo la causa específica del deceso un shock hipovolémico por degüello”.
 
Luego del asesinato el condenado intentó “quitarse la vida de la misma manera que se la arrebató a la víctima, quien infructuosamente intentó defenderse teniendo en cuenta la lesión cortante ubicada en el dedo pulgar de su mano derecha”. En este caso la autopsia del cuerpo de Sonia, los testimonios de testigos “de oída” y las pericias realizadas en el lugar fueron suficientes para determinar la culpabilidad del hombre y echar por tierra las pretensiones de la defensa de instalar una teoría de un tercero, un atacante que mató a Alvarado e intentó asesinar a Pérez.
 
Por último, los magistrados se refirieron a las diferentes alternativas que permitieron determinar que existía un contexto de violencia de género, por lo que se configuró la figura de “femicidio” y por ende se aplicó la pena de prisión efectiva. Por un lado señalaron que “la relación entre ambos se encuentra acreditada, no sólo porque ninguna parte la ha puesto en tela de juicio, sino porque se aportaron las partidas de nacimiento de G.P.A. de G.P.A., hijos de la unión de víctima y victimario. A esto se agrega la Información Sumaria (…) redactada en el Juzgado de Paz de Trenel y el Convenio de Responsabilidad Parental celebrado ante la Defensoría Civil Nº 1 de esta ciudad de donde también surge el vínculo alegado y que agrava el homicidio”.
 
“Asimismo se encuentra probado que también ha existido una situación de violencia de género contemplada como agravante del homicidio”, agregaron y precisaron que, a través de las declaraciones de los testigos, se comprobó que Sonia “fue víctima durante muchos años del maltrato físico, psicológico, sexual y hasta económico por parte del encartado”.
 
“La violencia de género sufrida por la damnificada fue tal que en dos oportunidades se fue de la casa por temor, pero regresó por sus hijos ya que el imputado llegó a amenazarla con sacárselos. Es claro que el calvario vivido por Alvarado es encuadrable en la legislación específica que contempla la violencia de género”, concluyeron.
 Femicidio de Sonia Alvarado: perpetua para Marcelo Pérez