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Consejo Federal rechazo reclamo de Club Huracán Futbol Club de Carlos Tejedor Imprimir
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Jueves, 01 de Noviembre de 2018 21:00
A raíz de la sanción impuesta por el TDP de la Liga del Oeste por los incidentes que se dieron en ocación del partido disputado en González Moreno entre Social y el equipo de Carlos Tejedor, este último había elevado un reclamo al Consejo Federal que fue rechazado.
 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 31 de octubre de 2018.-
 
VISTO:
La presentación efectuada por el Club Huracán Futbol Club de Carlos Tejedor en fecha 26 de octubre del año 2018, dirigida al Consejo Federal Presidente Ejecutivo – Sr. Pablo Toviggino.
 
De dicha presentación se desprende que la finalidad que tiene, es la impugnación de la resolución dictada por el Tribunal de penas de la Liga de Futbol del Oeste de fecha 08/10/2018, en expediente Nº 307/18, caratulado: Partido Social y Deportivo González Moreno Vs. Huracán Futbol – Carlos Tejedor – Primera División – jugado el 30 de septiembre dicha resolución, aplica la pena de multa a Huracán Futbol Club, de Carlos Tejedor por aplicación del Articulo 80 inc. a) y b) del RTP, el valor bruto 150 entradas ($ 120) que asciende al valor de penas dieciocho mil ($ 18.000,00)
 
CONSIDERANDO:
Que el reglamento del Consejo Federal del Fútbol argentina Argentino, dispone en el artículo 76 que el plazo para interponer el recurso de apelación ante resolución del tribunal de Disciplina de una liga, en este caso Liga de Fútbol del Oeste, es de diez (10) días corridos a partir de la notificación. Si la resolución del Tribunal de Disciplina es de fecha 08/10/2018, en consecuencia la interposición del recurso apelación se encuentra fuera de termino, atento a la presentación de fecha 26/10/2018.
 
Por otra parte el recurrente no ha depositado el arancel de pesos quince mil ($15.000,00) en concepto de derecho de apelación, motivo por el cual tampoco se puede considerar la impugnación.
 
Para el caso que la presentación que aquí se rechaza, se pretende encuadrarla en el artículo 1º del RTP, denuncia, resulta a todas luces improcedente, toda vez que del escrito inicial resulta que la finalidad del mismo es impugnar la resolución del Tribunal de Disciplina de la Liga de Fútbol del Oeste, y el Reglamento del Consejo Federal prevé la interposición del recurso de apelación art. 76 y en consecuencia no puede ser sustituido por una denuncia.
 
RESULTADO:
Que lo expuesto en los considerandos resulta suficientemente claro para no considerar la presentación efectuada por el Club Huracán de Carlos Tejedor, como impugnación de la resolución de la fecha 08/10/18, por haberse presentado fuera de termino y en segundo lugar no haber oblado el importe correspondiente en concepto de arancel.
Por lo expuesto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior RESUELVE:
 
1º) Rechazar “in limine”, por extemporánea, la apelación deducida por el Club Huracán de Carlos Tejedor.
 
2º) Comuníquese, publíquese y archivase.
 
  Consejo Federal rechazo reclamo de Club Huracán Futbol Club de Carlos Tejedor