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Condenan a la provincia por lesiones sufridas por un alumno, en un colegio de General Villegas. Imprimir
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Martes, 24 de Septiembre de 2019 18:05
Mediante proceso judicial promovido por el estudio juridico de Horacio Lorenzo & Feliciano Gómez condenan al Estado provincial a indemnizar a un alumno por las lesiones sufridas en la E.E.T N° 1 de General Villegas.
 
El 7 de mayo de 2015, mientras un estudiante de primer año de la Escuela de Educación Técnica N° 1 estaba en el recreo, fue lesionado por un compañero -quien le arrojó un lápiz borratinta (“liquid paper”)- que impactó en su ojo derecho.
 
El golpe de la punta metálica en el globo ocular le ocasionó “traumatismo grave en ojo derecho con ruptura de esfínter pupilar con amaurosis”. Es decir: ceguera.
 
El 20 de agosto de 2019, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Trenque Lauquen, condenó a la Dirección Gral. de Cultura y Educación provincial y a “Provincia Seguros S.A.” a indemnizar al alumno por la incapacidad sobreviniente, el daño psicológico, el daño moral y los gastos médicos y farmacéuticos soportados a consecuencia de la lesión sufrida.
 
La ley, la jurisprudencia y la doctrina vigentes en nuestro país, han consagrado la obligación de seguridad que tienen los establecimientos educativos, a fin de proteger la integridad física de los alumnos que habitan sus instalaciones.
 

 
 
 
 
 
 
 
Condenan a la provincia por lesiones sufridas por un alumno, en un colegio de General Villegas.