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Coronavirus: prepagas y obra sociales deberán ofrecer el servicio de teleconsulta Imprimir
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Jueves, 02 de Abril de 2020 15:04
Además, el Gobierno eliminó aranceles a la importación de insumos médicos esenciales en el marco de las medidas para hacer frente a la pandemia.
 
El gobierno que conduce Alberto Fernández adoptó este jueves nuevas medidas a nivel sanitario en el marco de la lucha contra el avance de la circulación comunitaria del coronavirus. En este marco, el ministerio de Salud apuesta a descongestionar el sistema sanitario de pacientes con patologías menores para centrar los esfuerzos y lograr una optima utilización de instalaciones.
 
Por eso a través de la Resolución 282/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial se dispuso que las empresas de medicina prepaga y las obras sociales "deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial".
 
La disposición prevé además que en el marco de las teleconsultas los médicos puedan prescribir médicamentos a través de recetas electrónicas.
 
Por otra parte, el gobierno eliminó aranceles a la importación de 52 equipamientos médicos e insumos sanitarios, durante el período que dure la emergencia declarada como consecuencia del avance del coronavirus, a través del Decreto 333/2020 publicado en el Boletín Oficial.
 
De acuerdo con lo establecido en la norma, los bienes alcanzados por la reducción de aranceles al 0% también quedan eximidos del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación.
 
En tanto, en sus fundamentos, señala que, dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país, y con el fin de no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del coronavirus, "resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación".
 
Para ello, indica el texto del Decreto 333/2020, "es preciso garantizar a la población el acceso a ciertos insumos críticos con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario".
 
Entre los insumos eximidos de derecho de importación figuran alcoholes etílico, propílico e isopropílico; ácidos nucleicos; desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos; artículos de laboratorio o farmacia; guantes para cirugía; y mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones.
 
También se incluye gorros descartables; concentradores de oxigeno; gafas de seguridad; electrocardiógrafos; ecógrafo con análisis espectral Doppler; aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética; y explorador tomográfico por emisión de positrones; endoscopios; audiómetros; pulmones de acero y aparatos respiratorios.
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