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En Rivadavia se establecen nuevas condiciones para el ingreso al distrito Imprimir
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Sábado, 01 de Agosto de 2020 07:04
El municipio fijó parámetros de acuerdo a la zona de procedencia. Deberan hacer aislamiento preventivo obligatoria los que vengan de sectores del país considerados como "Zonas amarilla" o "roja", esta última de transmisión comunitaria del COVID 19.
 
La Municipalidad de Rivadavia ha establecido nuevas condiciones para ingresar a los cascos urbanos del distrito.
 
"A fin de continuar cuidando a nuestros vecinos, y dado los casos de COVID–19 en la región, fortalecimos los controles de acceso a nuestro distrito", destacaron desde el municipio rivadaviense.
 
Los que provengan de las denominadas "Zonas verde", aquellas que no han tenido ningún caso en los últimos 21 días, sin excepción deberán presentar el certificado de circulación nacional, registrarse en la APP Quick Rivadavia pero no podrá ingresar quien no se encuentre dentro de las excepciones previstas).
 
En el caso de quienes lleguen a Rivadavia desde las zonas amarillas, es decir aquellos que han tenido casos en los últimos 21 días, solamente podrán hacerlo quienes tienen domicilio en el distrito y deberá realizar aislamiento sanitario monitoreado y solamente pueden ingresar quienes lleguen al distrito por razones de salud, por razones laborales y por trámites impostergables.
 
En cuanto a quienes se desplacen desde lo que se denomina zona roja, es decir, lugares con alta circulación comunitaria de COVID 19, podrán haerlo quienes retornen a su domicilio en el distrito pero deberán hacer cuarentena obligatoria y los que pertenzcan a actividades y servicios esenciales, bajo protocolos específicos.
 
Desde el municipio se aclaró que en el marco de estas nuevas disposiciones, se permite la circculación por las distintas localidades de personas residentes en el distrito.
 
Vale recordar que hasta el momento han sido definidas como zonas con transmisión comunitaria en el país la Ciudad Autonóma de Buenos Aires, el Area Metropolitana de la provincia de Buenos Aires y en el interior bonaerense las siguientes ciudades:
 
Región Sanitaria V (completa): General San Martín, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Vicente López, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, Pilar y Zárate.
 
Región Sanita VI (completa): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora y Quilmes.
 
Región Sanitaria VII (completa): Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Moreno, Morón, Tres de Febrero, General Las Heras, General Rodríguez, Luján y Marcos Paz.
 
Región Sanitaria XI en los siguientes municipios: Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, La Plata, Presidente Perón y San Vicente.
 
Región Sanitaria XII: La Matanza.
 
Provincia del Chaco: Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas.
 
Provincia de Mendoza: Area Metropolitana (Guaymallén, Maipú, Godoy Cruz, Luján de Cuyo yv Capital).
 
Provincia de Neuquén: Ciudad de Neuquén, Plottier y Centenario.
 
Provincia de Río Negro: Bariloche, Cipolletti, General Roca.
 
Provincia de Santa Fe: Rosario y Gran Rosario.
En Rivadavia se establecen nuevas condiciones para el ingreso al distrito