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Rivadavia hace punta en la sección y adhiere al Régimen de Responsabilidad Fiscal Municipal Imprimir
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Martes, 12 de Diciembre de 2017 06:28

El municipio que comanda Javier Reynoso es el primer municipio de la sección en sumarse al régimen propuesto por la gobernadora María Eugenia Vidal, que busca instrumentar “reglas claras y de mayor transparencia” sobre el gasto y los ingresos públicos de las municipalidades bonaerenses".

El intendente de Rivadavia, Javier Reynoso, promulgó este lunes la ordenanza n°4.014/2017, sancionada días atrás por el Concejo Deliberante, por la cual el municipio adhiere a la Ley Provincial n° 14.984, "Régimen de Responsabilidad Fiscal Municipal", sancionada semanas atrás por la Legislatura Provincial.
De esta manera, Rivadavia se convierte en el primer municipio de la sección en sumarse al régimen propuesto por la gobernadora María Eugenia Vidal, que busca instrumentar “reglas claras y de mayor transparencia” sobre el gasto y los ingresos públicos de las municipalidades bonaerenses, promoviendo a su vez la sustentabilidad de las finanzas públicas". El otro distrito de la región que está pronto a adherir a la norma es Bragado.
"Para nosotros la ley de Responsabildiad Fiscal no afecta el funcionamiento de la administración, ya que hace varios años que las premisas que establece la actual ley se vienen llevando adelante. Sobre todo lo que tiene que ver con la transparencia y publicación de datos del gobierno abierto del municipio de Rivadavia, donde se brinda toda la información", afirmó a Cuarto Político el intendente Reynoso.
Asimismo, el jefe comunal aseguró que con la adhesión "buscamos también comprometer a la política, como municipio, para que tenga una línea de responsabilidad fiscal para llevar adelante las futuras gestiones".
¿Qué plantea la ley?
Endeudamiento: Los municipios no pueden endeudarse por encima del 10% de sus recursos corrientes, salvo para refinanciar deuda previa en mejores condiciones. También los obliga a adherir al régimen de responsabilidad fiscal tanto para tomar deuda como para recibir asistencia financiera de provincia o Nación.
Aumento del gasto: los municipios no pueden aumentar sus gastos corrientes por encima de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Antes, se calculaba sobre el crecimiento del PBI.
Personal: se compromete a los municipios a que no aumenten su planta de personal por encima del aumento de la población, salvo aquellos que tengan superávit o absorban servicios del gobierno nacional o provincial o del sector privado (como la recolección de residuos). O que sean autorizados por la provincia.
"Despilfarros" de última hora: la ley aprobada anoche prohíbe a los intendentes que, en los seis meses previos a dejar el cargo, tomen medidas que incrementen el gasto corriente con carácter permanente (como los habituales pases a planta permanente de los empleados contratados) o dispongan de los bienes municipales.
Reducción de tasas: la reforma invita a los municipios a bajar las tasas que recaen sobre los sectores productivos, como las que se cobran por Seguridad e Higinie o Alumbrado, Barrido y Limpieza.
Información completa: la nueva norma obliga a los municipios a que acompañen sus proyectos de presupuesto con información más detallada sobre proyecciones de recursos y gastos, el stock de deuda municipal y la descripción de las políticas presupuestarias que sustentan esas previsiones.
Ejecución presupuestaria: la reforma aprobada anoche insiste en que los municipios publiquen su presupuesto en su sitio web oficial, algo que cumplen muy pocos. También les pide una actualización cada tres meses de la ejecución presupuestaria. Detalle que, en este caso, tampoco cumple la provincia (su última actualización es del primer trimestre de 2017). Por último, exige un informe trimestral con la cantidad de empleados en cada municipio y sus salarios.

Rivadavia hace punta en la sección y adhiere al Régimen de Responsabilidad Fiscal Municipal